Artículo 1.- Requisitos y presentación de solicitudes

Para la participación en la línea de digitalización se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Podrán presentarse todos los centros educativos con domicilio en la CAV que se encuentren concertados para el curso 2020-2021 de acuerdo con la Orden de 16 de septiembre de 2020, del Consejero de Educación, que impartan Educación Infantil a partir de 3 años, Educación Primaria, Educación Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional.
  • Los centros solicitantes deberán de cumplimentar el formulario que podrán encontrar en www.ruralvia/Instituciones/eskoladigitala. Deberá ser cumplimentado por quien ostente representación legal suficiente, o tenga conferido poder suficiente para ello. El formulario debidamente cumplimentado será remitido a través de la misma web citada anteriormente.
  • Se podrá presentar una única solicitud por centro, indicando las inversiones digitales a realizar durante el año 2021. Aquellos centros que tengan más de una sede educativa deberán agrupar sus inversiones en una sola solicitud. A esos efectos, no será válida más de una solicitud con el mismo CIF (En este caso yo eliminaría esta mención, creo que ya la explicamos suficiente y entraríamos en bastante casuística).

Además, las entidades que deseen acogerse a la línea deberán cumplir una serie de requisitos enumerados a continuación, y sobre los que Caja Rural de Navarra podrá pedir documentos acreditativos en cualquier momento durante el estudio de los proyectos presentados:

  • Centro educativo situado en la CAV de acuerdo con la citada Resolución https://www.euskadi.eus/y22bopv/es/p43aBOPVWebWar/VerParalelo.do?cd2020003918.
  • Disponer de una cuenta bancaria en Caja Rural de Navarra. Dicho requisito deberá acreditarse antes de recibir el abono de la subvención.
  • Presentación de factura, factura proforma o presupuesto para acometer la inversión tecnológica en el ejercicio 2021.
  • Breve memoria explicativa de los objetivos que ser persiguen con dicha inversión y mejoras previstas.
  • Las inversiones deberán materializarse en el año 2021 y el pago deberá acreditarse como realizado antes del 30-11-2021.
  • Certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Hacienda Foral o AEAT) y con la Seguridad Social, en su caso.

Artículo 2.- Tipología de inversiones elegibles.

Serán elegibles las inversiones realizadas por los centros educativos concertados de la CAV para el curso 2020-2021 en su sentido más amplio, de manera que se facilite a los centros su capacidad para renovarse y continuar en la vanguardia educativa. Se considerarán como inversiones elegibles las inversiones que se hagan con los siguientes conceptos:

  • Tecnologías del cambio: inteligencia Artificial, inversiones en realidad aumentada, realidad extendida (hologramas), Visualización 3D, inversiones en gamificación.
  • Inversiones de software dirigidas a la mejora educativa.
  • Inversiones en hardware para el centro educativo.
  • Inversiones en redes, instalaciones WI FI, 5G.
  • Inversiones en materia audiovisual de apoyo en el aula.
  • Inversiones en prototipos o simuladores.
  • Inversiones de Ciberseguridad.

Artículo 3.- Plazos de presentación de solicitudes:

Plazo de Presentación de solicitudes.

  • Fecha inicio 15 de mayo de 2021 (inclusive)
  • Fecha fin 30 de junio de 2021 (inclusive)
  • Fecha de publicación y comunicación de aprobaciones provisionales: 16 de Julio de 2021 mediante correo electrónico a todos los solicitantes que resulten beneficiarios, y a través de su publicación en https://www.cajaruraldenavarra.com/es/landings/eskoladigitala

Una vez publicada la aprobación provisional, los adjudicatarios deberán cumplir con los requisitos que Caja Rural de Navarra exija y aportar la documentación adicional que se requiera. Dicha documentación será solicitada por Caja Rural de Navarra mediante el correo electrónico que el centro haya detallado en su solicitud.

Una vez presentada la documentación y acreditado el pago de las inversiones realizadas, Caja Rural de Navarra procederá al abono de las cantidades asignadas, de resultar adjudicada la subvención. Dicha acreditación deberá hacerse antes del 30 de noviembre de 2021.

Artículo 4.- Características de la línea

Como se ha indicado, Caja Rural de Navarra subvencionará las inversiones que los centros educativos hagan durante el año 2021. La línea Eskola Digitala está destinada a apoyar de forma directa dichas inversiones.

Caja Rural de Navarra subvencionará el 10% del importe total de la inversión (sin IVA) con un máximo de 3.000 euros por solicitud.

Además, Caja Rural de Navarra pondrá a disposición de los centros una línea especial de financiación pensada para que cualquier centro que desee realizar una inversión pueda hacerlo independientemente de si dispone de los fondos necesarios para hacerlo en ese momento. Las condiciones de esta línea están detalladas en el artículo 7.

Artículo 5.- Criterios de evaluación

  • Una vez finalizada la presentación de solicitudes, Caja Rural de Navarra procederá a la evaluación de las mismas, descartando aquellas que no cumplan con los requisitos recogidos en estas bases.
  • La comisión de valoración encargada de estudiar y evaluar las solicitudes recibidas, estará formada por profesionales de Caja Rural de Navarra, sin perjuicio de la incorporación o consulta a profesionales o personas de reconocido prestigio en el ámbito digital.
  • La resolución de la convocatoria se publicará en la web www.ruralvia.com/Instituciones/eskoladigitala durante el mes posterior a partir de la fecha de publicación y comunicación de aprobaciones. En cualquier caso, no será recurrible
  • Caja Rural de Navarra pretende que ningún centro se quede sin poder acceder a la línea de subvenciones. Por tanto, todas las solicitudes que cumplan con los requisitos tendrán derecho a una subvención. Por ese motivo, en el caso de que el volumen total de las solicitudes admisibles supere la dotación máxima de la línea, la cantidad definitiva a percibir por cada solicitante se prorrateará las entre todos los beneficiarios de forma lineal de acuerdo al siguiente criterio:

Porcentaje resultante de: Importe total línea / Suma total subvenciones aprobadas

Dicho porcentaje se aplicará a la subvención aprobada para cada centro.

Ejemplo: 300.000 / 400.000 = 0,75
Subvención aprobada: 3.000 euros x 0,75 = 2.250 euros

Artículo 6.- Información legal y Participación

  • La presentación la solicitud por parte del centro supondrá la aceptación incondicionada de las cláusulas de esta convocatoria:
  • Caja Rural de Navarra se reserva el derecho de ampliar la dotación.
  • Cualquier circunstancia no prevista en las presentes bases será resuelta por la Caja Rural de Navarra.
  • El incumplimiento de cualquiera de los puntos contenidos en las presentes bases determinará la exclusión del proyecto del centro del proceso de selección. En el caso de que un centro incumpla cualquiera de los puntos una vez haya recibido el importe de la subvención, éste estará obligado a devolver las cantidades recibidas previo requerimiento de Caja Rural de Navarra.
  • La decisión de la Caja Rural de Navarra será inapelable.
  • La persona que rellene el formulario se compromete a que los datos introducidos en el mismo sean correctos, respondiendo a su veracidad, siendo la única responsable de cuantos conflictos pudieran resultar por la falsedad de esta información.
  • Las entidades beneficiarias se comprometen a informar de la ayuda recibida a la comunidad educativa del centro (familias, alumnos y profesores) mediante la inclusión de Caja Rural de Navarra en la web del centro y una mención en sus redes sociales (en los casos en los que el centro las tenga con el hagstag #ruralkutxa).
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